A partir de la resolución emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre el aborto en el caso de Coahuila ninguna mujer puede ser detenida en el país por practicarlo, aclaró la coordinador del Observatorio de Violencia Social y de Género Violeta Sabás, quien además explicó que no es la despenalización del aborto sino que declaró inconstitucional el artículo 196 del código de Coahuila creando así una jurisprudencia.
La activista dijo que por tratarse de una legislación federal no necesariamente debe pasar por todos los congresos estatales para entrar en vigor, aunque si tienen la obligación de reformar el código penal que en el caso de la entidad considera delito el aborto a excepción de violación y cuando está en peligro la vida de la madre, de no hacerlo aún así las mujeres que aborten y la quieran someter a un procedimiento jurídico apelando a esa jurisprudencia las deben dejar en libertad.
Recordó que casos como el matrimonio entre parejas del mismo sexo y el PIN parental que han sido temas en los que el Congreso del Estado se ha cerrado a poder legislar para quitar los candados que no permiten el desarrollo pleno de los Derechos Humanos de las personas.