Derivado de las recomendaciones emitidas por la Organización Mundial de la Salud, la Secretaría de Salud y las autoridades sanitarias locales para disminuir la propagación del Coronavirus (Covid-19), el Pleno del H. Supremo Tribunal de Justicia, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 9 fracción II, XIII, XXIII y artículo 89 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado en relación con el numeral 6 del Reglamento del Supremo Tribunal de Justicia, mediante acuerdo tomado en la Sesión Extraordinaria 03/PLENOS/2020 celebrada el 30 de marzo del presente año, determinó suspender las labores de sus órganos jurisdiccionales y administrativos del 1 al 17 de abril del presente año con suspensión de términos y plazos procesales.
En materia penal existirán guardias presenciales para la atención de asuntos urgentes y en la materia familiar, los Juzgados Mixtos de Primera Instancia de todos los partidos judiciales y el Juzgado Quinto Familiar tendrán guardia virtual, exclusivamente para la emisión de órdenes de protección, autorizando en ambas materias el desahogo de las audiencias que resulten necesarias vía remota en los términos que se precisan en el referido acuerdo que será publicado en la página Web del Poder Judicial y el Periódico Oficial del Estado.