Con la mayoría calificada de 478 votos a favor, el Pleno de la Cámara de Diputados federal aprobó el dictamen que reforma artículo 123 de la Constitución Política, para establecer que la fijación anual de los salarios mínimos generales o profesionales, o la revisión de estos, nunca estará por debajo de la inflación observada durante el periodo de su vigencia.
Así daba el anuncio, Sergio Carlos Gutiérrez Luna, vicepresidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados.
La modificación indica que las maestras y los maestros de nivel básico de tiempo completo, policías, guardias nacionales, integrantes de la Fuerza Armada permanente, así como médicos y enfermeros, percibirán un salario mensual que no podrá ser inferior al salario promedio registrado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Además, en el régimen transitorio precisa que el salario a que hace referencia el párrafo tercero de la fracción IV del Apartado B del artículo 123 constitucional es de dieciséis mil setecientos setenta y siete pesos con setenta y ocho centavos, que equivale al salario mensual promedio registrado en 2023 en el IMSS actualizado por la inflación estimada para el año 2024. Este monto se actualizará el 1º de enero de cada año, de acuerdo con la inflación para ese año.
El dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales en la LXV Legislatura, que deriva de una iniciativa que el Ejecutivo Federal presentó el pasado 5 de febrero y conexas de diputadas y diputados en la anterior Legislatura, fue turnado al Senado de la República para sus efectos constitucionales.